El Ius Puniendi del Estado sobre empleados públicos, el régimen sancionador de la Contraloría General de la República versus el régimen disciplinario de la Ley Servir
Por: Gonzales Postigo, Miguel Alejandro [autor].
Arequipa Universidad Nacional San Agustín 2017Descripción: 188 páginas tablas.Tipo de contenido: texto Tipo de medio: computadora Tipo de portador: recurso en líneaTema(s): CONSTITUCIÓN -- TESIS SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA GOBIERNO NACIONAL | CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA | EMPLEADOS PÚBLICOS | ADMINISTRACIÓN PÚBLICA | DERECHO ADMINISTRATIVO | DERECHO PENAL | GESTIÓN PÚBLICA | LEY SERVIR | PERÚRecursos en línea: Texto completo Nota de disertación: Tesis (Abogado) -- Universidad Nacional San Agustín, Arequipa, 2017 Alcance y contenido: El régimen disciplinario de un Estado, como lo señala la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OCDE en su informe de integridad al Estado peruano, constituye uno de los pilares de una política de integridad; necesario para combatir la corrupción y generar confianza en la población respecto a sus instituciones y autoridades públicas. Informe que observa las incoherencias dentro de sistema disciplinario peruano, que, por recomendación de dicho órgano, y con el fin de reducir la impunidad y proteger los derechos de los acusados, deberá considerar avanzar hacia un régimen disciplinario administrativo con un único inventario de infracciones y sanciones correspondientes y una delimitación más clara de jurisdicciones y responsabilidades. La facultad sancionadora otorgada a la Contraloría General de la Republica por el Congreso de la República en el año 2011 para sancionar a empleados públicos por faltas graves y muy graves, pareció y parece ser una alternativa ante un aparato burocrático estancando en cuyo seno la actividad disciplinaria se ve entorpecida y a veces socapada, empero de otro lado encontramos a los empleados públicos cuya tutela de derechos fundamentales se ve vulnerada. La atomización normativa en la materia ha dado pie a la existencia de dos regímenes sancionadores paralelos, una aparente doble competencia para conocer y sancionar faltas graves y muy graves, poniendo al empleado público infractor en banquillo de los acusados ante dos posibles victimarios (El Régimen Disciplinario de la Ley del Servicio Civil y el Régimen Sancionador de la Contraloría General de la Republica por Responsabilidad Administrativa Funcional), uno más fuerte que el otro, llegando incluso a ser devorado por ambos. La motivación del presente trabajo es tratar de hacer un acercamiento conceptual de una rama del derecho históricamente relegada y con enorme importancia en la superestructura y funcionamiento del Estado, que sería el derecho disciplinario y la función pública, enmarcado en una aparente superposición de ordenamientos, buscando analizar su pertinencia dentro del Estado Constitucional de Derecho y los principios básicos del Ius Puniendi del Estado.Item type | Current location | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Recursos Electrónicos | Biblioteca ENAP | Available |
Tesis (Abogado) -- Universidad Nacional San Agustín, Arequipa, 2017
Bibliografía: páginas: 119-123
Acceso Libre
El régimen disciplinario de un Estado, como lo señala la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OCDE en su informe de integridad al Estado peruano, constituye uno de los pilares de una política de integridad; necesario para combatir la corrupción y generar confianza en la población respecto a sus instituciones y autoridades públicas. Informe que observa las incoherencias dentro de sistema disciplinario peruano, que, por recomendación de dicho órgano, y con el fin de reducir la impunidad y proteger los derechos de los acusados, deberá considerar avanzar hacia un régimen disciplinario administrativo con un único inventario de infracciones y sanciones correspondientes y una delimitación más clara de jurisdicciones y responsabilidades. La facultad sancionadora otorgada a la Contraloría General de la Republica por el Congreso de la República en el año 2011 para sancionar a empleados públicos por faltas graves y muy graves, pareció y parece ser una alternativa ante un aparato burocrático estancando en cuyo seno la actividad disciplinaria se ve entorpecida y a veces socapada, empero de otro lado encontramos a los empleados públicos cuya tutela de derechos fundamentales se ve vulnerada. La atomización normativa en la materia ha dado pie a la existencia de dos regímenes sancionadores paralelos, una aparente doble competencia para conocer y sancionar faltas graves y muy graves, poniendo al empleado público infractor en banquillo de los acusados ante dos posibles victimarios (El Régimen Disciplinario de la Ley del Servicio Civil y el Régimen Sancionador de la Contraloría General de la Republica por Responsabilidad Administrativa Funcional), uno más fuerte que el otro, llegando incluso a ser devorado por ambos. La motivación del presente trabajo es tratar de hacer un acercamiento conceptual de una rama del derecho históricamente relegada y con enorme importancia en la superestructura y funcionamiento del Estado, que sería el derecho disciplinario y la función pública, enmarcado en una aparente superposición de ordenamientos, buscando analizar su pertinencia dentro del Estado Constitucional de Derecho y los principios básicos del Ius Puniendi del Estado.
Texto en español
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