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La corrupción en el seno de las instituciones de la Unión Europea responsabilidades, investigación administrativa y control judicial

Por: Ordóñez Solís, David [autor].
Tipo de contenido: texto Tipo de medio: computadora Tipo de portador: recurso en líneaTema(s): CORRUPCIÓN | DERECHO DISCIPLINARIO | RESPONSABILIDAD POLÍTICA | UNIÓN EUROPEA | DERECHO PENALRecursos en línea: Texto completo En: Revista Vasca de Administración Pública número 104-II, enero-abril, 2016, páginas 237-286Alcance y contenido: En el seno de las instituciones de la Unión Europea también se ha comprobado la existencia de corrupción. Los políticos y los funcionarios de Bruselas están sometidos a procedimientos de control político, disciplinario y, desde luego, penal. En 1999 y a raíz de la corrupción detectada en la Comisión Europea se puso en marcha la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en virtud de un acuerdo de las instituciones europeas con el fin de investigar la corrupción y los incumplimientos graves. En 2009 el Tratado de Lisboa ha previsto el establecimiento de una Fiscalía Europea que impulse las investigaciones judiciales relacionadas con los delitos europeos, en particular los que afectan a los intereses financieros de la Unión. En ambos casos las investigaciones pueden concluir con la imposición de medidas disciplinarias y penales. En este ámbito los tribunales tienen una misión esencial: en el caso de la responsabilidad política y disciplinaria el control de la legalidad corresponde al Tribunal de Justicia; en cambio, las sanciones penales a los políticos y funcionarios de la Unión Europea solo pueden imponerlas los jueces penales nacionales
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En el seno de las instituciones de la Unión Europea también se ha comprobado la existencia de corrupción. Los políticos y los funcionarios de Bruselas están sometidos a procedimientos de control político, disciplinario y, desde luego, penal. En 1999 y a raíz de la corrupción detectada en la Comisión Europea se puso en marcha la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en virtud de un acuerdo de las instituciones europeas con el fin de investigar la corrupción y los incumplimientos graves. En 2009 el Tratado de Lisboa ha previsto el establecimiento de una Fiscalía Europea que impulse las investigaciones judiciales relacionadas con los delitos europeos, en particular los que afectan a los intereses financieros de la Unión. En ambos casos las investigaciones pueden concluir con la imposición de medidas disciplinarias y penales. En este ámbito los tribunales tienen una misión esencial: en el caso de la responsabilidad política y disciplinaria el control de la legalidad corresponde al Tribunal de Justicia; en cambio, las sanciones penales a los políticos y funcionarios de la Unión Europea solo pueden imponerlas los jueces penales nacionales

Texto en español, resumen en inglés y vasco

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